Tras haber sido sometido a un periodo de consultas de cuatro meses la propuesta de reglamento recibió 111.842 respuestas de toda Europa lo cual supone una extraordinaria participación pública y transparencia en este proceso.
El reglamento establecerá objetivos específicos jurídicamente vinculantes para los ecosistemas, junto con un objetivo general: es una opción híbrida que incluye los objetivos específicos para los ecosistemas. El objetivo general es contribuir a la recuperación continua, sostenida y a largo plazo de una naturaleza rica en biodiversidad y resiliente en todas las zonas terrestres y marítimas de la Unión mediante la restauración de los ecosistemas, y unas medidas de restauración que abarquen conjuntamente al menos el 20 % de las zonas terrestres y marítimas de la Unión de aquí a 2030 y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050; se trata de un objetivo general que la UE debe tratar de alcanzar, unido al conjunto de objetivos y obligaciones específicos para los ecosistemas que han de cumplir los Estados miembros. El enfoque consiste en basarse, en primer lugar, en aquellos tipos de hábitats protegidos por la Directiva sobre hábitats y cuyo buen estado puede determinarse con métodos ya consolidados. Por lo tanto, a partir de dichos métodos pueden fijarse objetivos de restauración para esos tipos de hábitats. La restauración debe ir acompañada de la protección y el mantenimiento.
En el reglamento se establecen objetivos para garantizar que no se produzcan pérdidas netas y que aumenten los espacios urbanos verdes en las ciudades, municipios y zonas suburbanas. El nivel mínimo de cubierta arbórea, la provisión de espacios verdes integrados en edificios nuevos y existentes y el desarrollo de infraestructuras contribuyen a la consecución de estos objetivos. Los espacios verdes y la cubierta arbórea son elementos esenciales de la infraestructura verde urbana y benefician a las personas que residen en ciudades, municipios y zonas suburbanas desde un punto de vista ecológico, social y económico.
Otra de las obligaciones es las de eliminar las barreras fluviales (no embalses útiles). Esta medida contribuirá a aumentar la conectividad natural longitudinal y lateral de los ríos y a alcanzar el objetivo de la UE de contar con 25 000 km de ríos de flujo libre. También ayudará a restaurar las zonas fluviales y las llanuras aluviales.
Se establece la obligación de invertir el declive de los #polinizadores y de lograr una tendencia al alza de las poblaciones de polinizadores hasta que se alcancen niveles satisfactorios. A tal fin, se establecerá un método de seguimiento de las poblaciones de polinizadores.
Con el objeto de mejorar la biodiversidad de los ecosistemas agrícolas y forestales, se establece la obligación de alcanzar una tendencia al alza en una serie de indicadores que son especialmente importantes para la biodiversidad de dichos ecosistemas.
La foto muestra a la araña tejedora de embudos, fotografiada por Santos Lozano Palomeque en la ribera del río Jola el sábado 10 de junio.
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